Por Sentencia 18/2015 de 14 de mayo (fs
Por Sentencia 18/2015 de 14 de mayo (fs. 11 a 15), el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, declaró a Julio Rojas “Ortiz”, autor de la comisión de los delitos de Peculado e Incumplimiento de Deberes, previstos y sancionados por los arts. 142 y 154 del CP, imponiendo la pena de tres años de reclusión, más el pago de costas, daños y perjuicios averiguables en ejecución de Sentencia, siendo rechazada la solicitud de Aclaración, Complementación y Enmienda del imputado, mediante Resolución de 8 de junio de 2015 (fs. 25)
- Por memorial presentado el 19 de julio de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 18/2015 de 14 de mayo (fs
- Contra la referida Sentencia, el imputado Julio Rojas Mejía (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 840/2017-RA de 31 de octubre,
- Que, el Auto de Vista impugnado carece de una fundamentación y motivación jurídica con relación
- Finalmente, la parte recurrente cita como precedentes contradictorios en su petitorio las Sentencias Constitucionales 0165/2015-S1
- I.1.2. Petitorio
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Por Sentencia 18/2015 de 14 de mayo, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental
- II
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, mediante el Auto
- Respecto a la excepción de falta de acción, no se habría acreditado la concurrencia de
- Respecto a la sentencia condenatoria por el delito de Peculado refiere que, el Tribunal de
- En el presente caso, el Gobierno Autónomo Departamental de Pando denuncia que el Auto de
- III.1.Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
- “Este deber se halla sustentado en el principio lógico de la razón suficiente; al respecto, Juan
- En definitiva, es inexcusable el deber de especificar por qué, para qué, cómo, qué, quien,
- En consecuencia, esta labor de fundamentación además de reunir los requisitos señalados, debe observar el
- III
- Este Alto Tribunal de Justicia, ha señalado en sus reiterados fallos que tal cual está
- Con esa aclaración, corresponde establecer cuál es el rol de los tribunales de apelación en
- El Tribunal de Sentencia, sea unipersonal o colegiado llega a la certeza de culpabilidad o
- Que, si el Tribunal de apelación advierte error injudicando en la sentencia, en la fundamentación
- Lo que si les está permitido a los Tribunales de apelación, en estricta aplicación de
- (…)
- En consecuencia, este Tribunal considera necesario establecer la siguiente sub regla: El Tribunal de alzada
- Por el contrario, si el Tribunal de apelación observa que el defecto se encuentra en
- III.3. Análisis del caso en concreto
- “…se tiene como conclusión fáctica del Tribuna, que Julio Rojas Mejía recibió en su calidad
- El hecho de que se haya recibido dinero como fondos en avance que no se
- En tal razón, el ad quem no podía pronunciarse sobre prueba alguna en que pudiera
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
