Auto Supremo AS/0342/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0342/2018-RRC

Fecha: 18-May-2018

Respecto a la excepción de falta de acción, no se habría acreditado la concurrencia de


Con relación a la excepción de prejudicialidad refiere que, al evidenciarse que el excepcionista, no presentó prueba idónea y pertinente, tal cual lo establece el art. 314 del CPP, teniendo razón el Tribunal en resolver como resolvió.

Respecto a la excepción de falta de acción, no se habría acreditado la concurrencia de ninguno de los presupuestos establecidos por el art. 308 inc. 3) del CPP; es decir, falta de antejuicio, existencia de impedimento legal e inadecuada promoción legal de la acción y la necesidad de la auditoría reclamada podría justificarse si existiese documentos de descargo que acreditar, pero al presentar la excepción no se habría presentado ninguna, tal como refiere el inferior en grado