Auto Supremo AS/0346/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0346/2018-RRC

Fecha: 18-May-2018

La finalidad que lo define debe estar claramente definida por el Auto de Vista o

 
La finalidad que lo define debe estar claramente definida por el Auto de Vista o el Auto Supremo, no es necesario reproducir la integridad del juicio y no debe realizarse si el vicio impugnado se encuentra únicamente en la argumentación de la Sentencia. Los defectos valorativos, facticos, axiológicos y constitucionales que no requieren un nuevo juicio, no necesitan del reenvió y únicamente corresponde dictar una nueva resolución por parte del Tribunal que determina la existencia de ese defecto de la Sentencia. De ahí la centralidad en la fundamentación de la decisión que determina el juicio de reenvió. En conclusión para la doctrina procesal contemporánea: ‘la naturaleza jurídica del juicio de reenvío es la que corresponde a una fase del proceso derivada, entendiéndose por tal el conjunto de actos que se llevan a cabo a causa de la anulación de una actividad procesal defectuosa que, no obstante serlo, subsiste como precedente, no sólo [histórico] sino también jurídico.’ (Giovanni LEONE, Ejea, 1989)