Auto Supremo AS/0409/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0409/2018-RRC

Fecha: 11-Jun-2018

En relación a la supuesta valoración defectuosa de la prueba, defecto previsto en el art


En relación a la supuesta valoración defectuosa de la prueba, defecto previsto en el art. 370 inc. 6) del CPP, todas y cada una de las pruebas tanto de cargo como de descargo fueron analizadas y valoradas correctamente por el Juez Cuarto de Sentencia, esto debido a que los querellados plantearon excepción de litispendencia que fue aceptada por el Juez, por tal motivo se acumularon dos procesos para dictarse una sola Sentencia por hechos sucedidos el 19 de julio y 21 de agosto, ambos del 2011, hechos ilícitos que fueron demostrados por los querellantes de manera precisa y clara y que el mismo testigo, Edwin Cayana Huanca, en su condición de cerrajero admite que cortó las cortinas, que llegó la policía y que tuvo que escapar del lugar el 21 de agosto de 2011, de lo que se establece que la prueba tanto de cargo como de descargo fue debidamente valorada y que justamente fue la base para dictar la Sentencia condenatoria en apego al art. 365 del CPP