Auto Supremo AS/0409/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0409/2018-RRC

Fecha: 11-Jun-2018

Que, respecto a la apelación restringida interpuesta por los querellantes Ximena Esther Quispe Quino, Eusebia


Que, respecto a la apelación restringida interpuesta por los querellantes Ximena Esther Quispe Quino, Eusebia Esther Quino Urquizo, Rogelio Quispe Quispe y Zulma Lilian Ruiz Bravo, invocan el defecto previsto en el art. 370 inc. 1) del CPP, indicando que al haber sido absueltos los querellados de los delitos de Robo Agravado y Tentativa de Despojo, se habría hecho una incorrecta concreción del hecho y la calificación jurídica; al respecto los querellantes tienen la intención de que se los condene a los acusados por los delitos de Robo Agravado y Tentativa de Despojo; sin embargo, el testigo Carlos Arroyo Arévalo en su debida oportunidad aclaró que el tiempo en que se quedaron los policías para el resguardo del Centro Comercial fue desde el momento del desalojo el 4 de julio hasta el 19 o 20 de julio del mismo año; es decir, hasta que quedó sin efecto el desapoderamiento; y por otro lado, el testigo Edwin Cayani Huanca corroborando con lo dicho, manifestó que no se hizo ningún destrozo a ninguna caseta y que había mucha gente en el lugar, en ese momento llegó la Policía y él se fue, no hizo nada, tampoco vio nada; por lo tanto, no se puede forzar una figura jurídica cuando no existen todos los elementos de prueba necesarios para adecuar la conducta de los querellados a los tipos penales de Robo Agravado y Tentativa de Despojo