Auto Supremo AS/0424/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0424/2018-RRC

Fecha: 13-Jun-2018

En ese contexto, señala que no se considera dentro del alcance del último parágrafo del


En ese contexto, señala que no se considera dentro del alcance del último parágrafo del art. 413 del CPP, la posibilidad de que el Tribunal de apelación cambien directamente la determinación de la condena o absolución del acusado, porque para ello se requiere imprescindiblemente valorar la prueba, debiéndose aplicar la previsión legal contenida en el art. 414 del CPP de la referida Ley adjetiva penal, tomando en cuenta la limitación referida a corregir los errores de derecho en la fundamentación de la resolución impugnada que no influya en la parte dispositiva, por lo que en los casos que se advierta que el error en la fundamentación sea determinante para el cambio en la situación jurídica del imputado, observando lo dispuesto por el art. 413 del CPP, se debe anular la Sentencia total o parcialmente, dado el caso específico y ordenar la resolución del juicio por otro Juez o Tribunal precisando en forma concreta el objeto del nuevo juicio