Partes: Juana Serrudo de Valda y Dionicio Valda Flores
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 471/2018
Fecha: 07 de junio de 2018
Expediente: CH-92-17-S
Partes: Juana Serrudo de Valda y Dionicio Valda Flores. c/ Silverio Teófilo Alvarado Flores y Dora Coila Mundocorre de Alvarado
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 471/2018
Fecha: 07 de junio de 2018
Expediente: CH-92-17-S
Partes: Juana Serrudo de Valda y Dionicio Valda Flores. c/ Silverio Teófilo Alvarado Flores y Dora Coila Mundocorre de Alvarado
- Partes: Juana Serrudo de Valda y Dionicio Valda Flores
- Distrito: Chuquisaca
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Contra esta determinación los demandados Dora Coila Mundocorre y Silverio Teófilo Alvarado Flores interpusieron recursos
- Asimismo considera que al no contar con reconocimiento de firmas y rubricas, el documento de
- Sus motivos de forma
- 2.- En cuanto al motivo de fondo
- II.3. De la respuesta al Recurso de Casación
- De la revisión de obrados se establece que corrido en traslado el recurso de casación,
- CONSIDERANDO III
- Esos entendimientos fueron adoptados también en otros fallos posteriores, como en la Sentencia Constitucional Plurinacional
- El art
- Corresponde ingresar a considerar los reclamos acusados en el recurso de casación, en ese entendido,
- Sobre el particular, acogiendo la doctrina señalada en el epígrafe III
- 2
- Razones por las que al haberse constatado que el Auto de Vista responde congruentemente
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizú.
