Auto Supremo AS/0477/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0477/2018

Fecha: 13-Jun-2018

En cuanto al error de hecho y error de derecho; la relación del antecedente dominial

En cuanto al error de hecho y error de derecho; la relación del antecedente dominial descrita en los párrafos precedentes resultan ser suficientes, para considerar que en lo demás al no estar acreditado que el terreno de Valentín Arcadio Costas Taboas sea el mismo que de Cinthia Forno Velasco, no se evidencia infracción de los arts.1286, 1296, 1318 de Código Civil, art. 115.II, 117.I y 120 de la CPE, art. 8 del Pacto de San José de Costa Rica, art. 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos conforme al art. 410.II, 180 ambos de la CPE, art. 15 del Código Procesal Constitucional o Ley Nº 154 del 5 de julio de 2012, art. 90 del Código de Procedimiento Civil, el art. 14 del pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que determina que las normas son de orden público y por tanto de cumplimiento obligatorio