Auto Supremo AS/0481/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0481/2018

Fecha: 13-Jun-2018

d

d.Sobre el cuarto agravio, en el que se denunció que la demandante no generó prueba en el plazo de ley y que el Juez oficiosamente, aceptó el ofrecimiento extemporáneo de la prueba, la resolución impugnada indica que por Auto de 25 de noviembre de 2015 (fs. 79), rechazó la proposición de prueba de la demandante, porque fue ofrecida extemporáneamente. Por su parte, el demandado, a tiempo de contestar la demanda, adjuntó como prueba documental la relativa a la excepción de incompetencia y ante esa eventualidad y por el principio de verdad material, señaló audiencia de inspección judicial y aceptar bajo juramento, la prueba de reciente obtención presentada por la demandante (fs. 91) en ejercicio de la potestad conferida por el art. 24 num. 3) del Código Procesal Civil, lo cual fue correcto