Auto Supremo AS/0587/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0587/2018

Fecha: 28-Jun-2018

Petitorio

8. Acusaron la violación de la norma dispuesta de la Ley 3545 de 28 de noviembre de 2006 de Modificación a la Ley 1715 de la Reconducción de la Reforma Agraria, Disposición Transitoria Primera, debido a que cuando un inmueble agrario se encuentra en etapa de saneamiento agrario quien tiene la competencia para conocer asuntos de posesión, interdictos o cualquier otra situación similar es el INRA, en lo que se refiere únicamente a decretar las medidas cautelares que correspondan, en este caso los juzgados agroambientales no tienen competencia para conocer la presente causa que se inició cuando el proceso de saneamiento agrario estaba en curso. Situación advertida por los demandados cuando apelaron por primera vez dando lugar al Auto de Vista ejecutoriado de 16 de enero de 2014 (fs. 113 a 114) dictado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia, dispuso que el juez civil continúe con el conocimiento de la causa.
Petitorio