Auto Supremo AS/0368/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0368/2018

Fecha: 25-Jul-2018

Todos estos hechos apreciados a la luz del principio de verdad material previsto en el

Todos estos hechos apreciados a la luz del principio de verdad material previsto en el art. 180.I de la CPE, 30.11 de la LOJ, y la amplia jurisprudencia desarrollada por este Tribunal, advierten que el Auto de Vista N° 212/17, pronunciado por la Sala Especializada Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, ha compulsado adecuadamente la aplicación del art. 14 del Decreto Supremo 27543, revocando la Resolución N° 057/16 de 11 de febrero de 2016 de fs. 73 a 76, y dejando sin efecto el Auto N° 00004260 de 15 de mayo de 2013; consiguientemente, queda evidenciado que, el Tribunal de Alzada, efectuó una apropiada compulsa y valoración de los hechos y las normas inmersas en la problemática, para concluir en la forma resuelta, no evidenciándose las infracciones acusadas en el recurso, correspondiendo resolver conforme prescribe el art. 220. II del Código Procesal Civil, concordante con los arts. 271.2) y 273 del CPC, (1975), aplicable por la norma permisiva contenida en los arts. 633 del Reglamento al Código de Seguridad Social y 15 del MPRCPA aprobado por Resolución Secretarial Nº 10.0.0.087 de 21 de julio de 1997