Auto Supremo AS/0600/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0600/2018

Fecha: 10-Jul-2018

Respecto al documento al que hacen alusión los recurrentes de fs

Respecto al documento al que hacen alusión los recurrentes de fs. 10, fue modulado por el documento de fs. 11 de acuerdo con el art. 454 del Código Civil. Con relación a los montos cancelados, esos pagos han sido realizados en ejecución del negocio, manteniéndose el negocio jurídico vigente según el art. 814.II que refiere según el doctrinario Carlos Morales Guillen: “La obligación de cumplir el mandato una vez aceptado (…) El mandato continua a pesar de la muerte del mandante en el caso en que exista peligro evidente para los intereses del mandante…”. La pretensión reconvencional describió entre otros hechos, la falta de pago de una obligación pecuniaria de la venta de un inmueble, empero, la falta de pago no puede servir como fundamento fáctico para analizar la existencia de un vicio de nulidad de contrato