Auto Supremo AS/0418/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0418/2018

Fecha: 17-Ago-2018

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2.- En contradicción al falaz planteamiento a que no tiene respaldo su pretensión, cursan en obrados el Informe Nº 840/2014, de fs. 87 a 89, la Resolución del Ilustre Consejo Universitario (ICU) Nº 061/2011 de fs. 43 a 45 y la Resolución Rectoral Nº 004/2012 de fs. 46 a 51, que respaldan su pretensión de restitución del reconocimiento como carga horaria histórica, las horas docentes y las materias que tenía antes de su designación con funciones académicas o autoridad administrativa y las materias que dictan al final de su periodo y su correspondiente programación, que constituyen un derecho laboral de acuerdo a los arts. 4, 62, 64, 158 de la LGT, que sustenta el fallo de primera instancia; derecho que no ha prescrito y que debería ser tutelado