Auto Supremo AS/0241/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0241/2018

Fecha: 03-Sep-2018

De las boletas de pago que el demandante adjunta, no cuentan con la fuerza probatoria

De las boletas de pago que el demandante adjunta, no cuentan con la fuerza probatoria prevista en el art. 1289 del CC, máxime si la emisión de las mismas no fueron autorizadas por la Asamblea de Socios, ni del demandado, en consecuencia que no hubo relación laboral entre el actor y SITEXPO SRL, citando al respecto lo previsto en el art. 172 del Código de Comercio