Auto Supremo AS/0851/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0851/2018-RRC

Fecha: 17-Sep-2018

Para suplir la falta de armonización de los criterios jurisprudenciales, de manera somera, casi reiterativa,


Los criterios jurisprudenciales explicados y resumidos sucintamente; si bien, han establecido interpretaciones ordinarias respecto al momento y tramitación de excepciones e incidentes en fase de juicio oral (impugnación y resolución), que durante diferentes periodos no han sufrido modificaciones en cuanto a los alcances relativos a su tramitación, dejaron un vacío jurisprudencial en la doctrina legal emitida, tanto por la Corte Suprema de Justicia y el propio Tribunal Supremo de Justicia; ya que, no se han establecido criterios expresos y delimitados respecto al trámite de una apelación incidental contra un Auto Interlocutorio emitido en juicio oral y/o contra un Auto Interlocutorio emitido conjuntamente en Sentencia.

Para suplir la falta de armonización de los criterios jurisprudenciales, de manera somera, casi reiterativa, nuevamente sin integrar expresamente las líneas jurisprudenciales, se emite el Auto Supremo 085/2015-RRC de 6 de febrero, expresando: “la Constitución Política del Estado, en el marco de las garantías reconocidas a todo ciudadano, establece el principio de impugnación previsto en el art. 180.II, como un medio eficaz para buscar el control de la actividad de los administradores de justicia, precautelando la vigencia de los derechos y garantías constitucionales, en definitiva la aplicación correcta de la norma sustantiva como adjetiva. También es evidente que para el ejercicio de este derecho, existe regulación especial que se halla prevista en el Código de Procedimiento Penal, que contiene disposiciones en cuanto a los medios de impugnación contra fallos pronunciados en materia penal, previendo requisitos de procedencia, el procedimiento aplicable, así como las formas de resolución