Auto Supremo AS/0856/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0856/2018

Fecha: 05-Sep-2018

Al respecto se debe tener presente que de acuerdo a la documentación adjunta a

Al respecto se debe tener presente que de acuerdo a la documentación adjunta a la demanda, consistente entre otros en el certificado de catastro y certificado emitido por el Gobierno Autónomo Municipal de Achocalla de fs. 7 y 8, acreditan que el inmueble lote No. 18 manzano “N” urbanización Villa Alina Ex fundo Parcopata se encuentra ubicado en el Municipio de Achocalla, en consecuencia al haber conocido la causa el Juez Público Mixto Civil y Comercial de Familia Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Achocalla, no se evidencia que se haya vulnerado la competencia en el ejercicio de sus facultades dentro de los límites de su jurisdicción