Auto Supremo AS/0856/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0856/2018

Fecha: 05-Sep-2018

Asimismo en cuanto a que no se haya vulnerado la prueba que presentaron los demandados,

Asimismo en cuanto a que no se haya vulnerado la prueba que presentaron los demandados, se debe tener en cuenta que la documentación presentada por la parte actora fue corroborado por el acta de audiencia de inspección ocular como de las atestaciones de cargo donde se demostró la procedencia de la acción de reivindicación, por cuanto el inmueble se encontraba habitado por los demandados a momento de su inspección; hechos que no han sido desvirtuados por los demandados, considerando que la competencia fija los límites dentro de los cuales se ejerce tal facultad