Auto Supremo AS/0856/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0856/2018

Fecha: 05-Sep-2018

CONSIDERANDO III

Asimismo en cuanto a la solicitud de resguardo policial aclara que en la localidad de Achocalla no existe un Comando Regional y se tiene que solicitar al asiento más cercano, pretendiendo la parte recurrente dilatar la causa y que los tribunales de apelación y de casación valoren la prueba incumpliendo los requisitos establecidos por ley, razones por las que advierte que el recurso de casación no se encuentra de acuerdo al art. 271.I del Código Procesal Civil, al no haber fundado la violación de sus derechos.
CONSIDERANDO III:
DOCTRINA APLICABLE AL CASO
III.1. De la competencia