Auto Supremo AS/0867/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0867/2018

Fecha: 05-Sep-2018

De las denuncias expuestas por la parte recurrente, se extrae de manera ordenada y en

Finalmente el Ad quem sobre la valoración de la prueba refirió que no fue valorada en aplicación estricta del art. 145.II y II del Código Procesal Civil, llegando a la conclusión que esta previsión procesal, vulnera el derecho al debido proceso, porque no permite asumir defensa adecuada. Por lo que el Tribunal de Alzada llegó a la conclusión que la sentencia pronunciada por el A quo, es incongruente, incurre en la falta de motivación, ya que toda resolución judicial está vinculada al derecho del debido proceso y a la tutela jurisdiccional eficaz, de tal manera que sea posible constatar si la misma esta fundad en derecho o por el contario es fruto de una decisión arbitraria.
CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De las denuncias expuestas por la parte recurrente, se extrae de manera ordenada y en calidad de resumen las siguientes:
En la forma