Auto Supremo AS/0886/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0886/2018

Fecha: 05-Sep-2018

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3. El Auto de Vista sostiene que el Juez fundó su decisión en el hecho que el origen del derecho propietario del demandado viene del título originario de la nación boliviana, además de no acreditarse que el derecho propietario del actor como del demandado tengan el mismo origen, indicó el Ad quem, que el derecho propietario de Julio Marín Durán se origina en el Título Ejecutorial Colectivo Nº 34517 de la partida 01309759, depurado con la matrícula 2011010001396, asiento A-1 que corresponde al Sindicato Agrario, delimitada por partida Nº 01471313, mediante anticipo de legítima según Escritura Pública 860/98, quien transfiere a favor del demandado Julio Marín Durán, en tanto que la supuesta falsedad respecto al título originario de la Nación Boliviana y la Escritura Pública 860/98 acusados por el recurrente no tienen mayor relevancia