Auto Supremo AS/0886/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0886/2018

Fecha: 05-Sep-2018

De la revisión de la respuesta al recurso de casación se advierte que está orientado

7. Con referencia a la existencia de tres Autos de Vista en el proceso, estos no pueden generar jurisprudencia, pues esta figura la genera y uniforma el Tribunal Supremo de Justicia, conforme la descripción contenida en el art. 42.I num.3) de la Ley del Órgano Judicial, por lo que la consideración de asumir la doctrina legal debe ser del contenido de los Autos Supremos y no de Autos de Vista, no existiendo modificación de doctrina legal menos de haberse infraccionado el art. 115.I de la Constitución Política del Estado.
De la contestación al recurso de casación.
De la revisión de la respuesta al recurso de casación se advierte que está orientado a rechazar el contenido del recurso de casación, rechazo que fue asimilado por este Tribunal conforme a los fundamentos descritos precedentemente, de la descripción de las autoridades judiciales en cuanto a la valoración correcta de los antecedentes del proceso es evidente, debido a que el Tribunal de alzada analizó todos los elementos probatorios contrastando lo esencial para resolver la problemática conforme a lo glosado, por lo que resulta que la decisión hubiese sido asumida en base a la confrontación de todos los elementos probatorios