Auto Supremo AS/0886/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0886/2018

Fecha: 05-Sep-2018

La persona que no se encuentra en uno de los grados de llamamiento a la

La persona que no se encuentra en uno de los grados de llamamiento a la sucesión hereditaria no puede observar si la liberalidad o el anticipo de legítima efectuado resulta correcto o excesivo, la persona que hubiere tenido una relación jurídica con el causante debe restablecer su relación jurídica con los herederos del causante, también el acreedor del heredero, se encuentra facultado a demandar la nulidad de la aceptación de una sucesión insolvente, por consiguiente el tercero que no tenga una relación jurídica directa con el causante no puede observar las liberalidades o anticipo de legítima del de cujus