Auto Supremo AS/0886/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0886/2018

Fecha: 05-Sep-2018

Que por el art

Que por el art. 175 de la CPE, lo títulos ejecutoriales son definitivos, causan estado y no admiten ulterior recurso, estableciendo pleno derecho para su inscripción a Derechos Reales, de acuerdo al art. 176 del mismo cuerpo normativo, no corresponde a la justicia ordinaria revisar, modificar y menos anular las decisiones de la judicatura agraria cuyos fallos constituyen verdades jurídicas comprobadas, inamovibles y definitivas, tratándose de un derecho propietario otorgado por el Estado, el cual debe proteger ese derecho y no desconocerlo