Auto Supremo AS/0886/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0886/2018

Fecha: 05-Sep-2018

En lo referente a la tradición inexistente que conculcaría el art

En lo referente a la tradición inexistente que conculcaría el art. 1538 y 1523 del Código Civil, la misma ya fue absuelta en párrafos anteriores en los que se enfatizó acerca de la valoración integral de la prueba en la que se hizo referencia a la Resolución Suprema Nº 78473, por lo que no puede acusarse la falsedad de las inscripciones efectuadas tanto por Fidel Alarcón Calle como de Julio Marín Durán