Auto Supremo AS/0015/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0015/2019

Fecha: 29-Ene-2019

Asimismo adjunta la documental señalada y todo el expediente del caso FIS1303309


La excepcionista refiere que en relación a las causales de suspensión e interrupción de términos, no fue declarada rebelde, no ha sido beneficiada con la suspensión condicional del proceso, no está vigente ningún periodo de prueba, no se está tramitando ningún ante juicio, no se requiere la conformidad de ningún gobierno extranjero para la continuación del proceso y peor los delitos no causan alteración del orden constitucional y tampoco impide el ejercicio regular de alguna autoridad legalmente constituida. Señala que lo anterior acredita con el Informe de antecedentes penales (REJAP), la Certificación de secretaría del Juzgado de Instrucción y todo lo obrado. Indica que evidentemente en el país existe demasiada carga procesal; empero no puede ser justificante de la dilación, posa su fundamento en el caso Albán Cornejo y otros Vs Ecuador.

Asimismo adjunta la documental señalada y todo el expediente del caso FIS1303309