Auto Supremo AS/0022/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0022/2019

Fecha: 29-Ene-2019

De igual manera, ya se ha determinado que esta constituye una causal previa a la

De igual manera, ya se ha determinado que esta constituye una causal previa a la contratación de los funcionarios y cuando constituye una causal sobreviniente, debe ser dilucidada en un proceso interno previo, pues conforme el análisis y desglose de las normas previstas por los arts. 53 de la Ley Nº 065 y 27 de su Reglamento, no existe incompatibilidad o doble percepción respecto de rentas percibidas por el SENASIR y las remuneraciones de empresas o entidades privadas, como es COTEL LA PAZ LTDA., mientras que en el curso del proceso no se ha demostrado que la trabajadora percibía algún importe de alguna Pensión Solidaria de Vejez para que se incurra en doble percepción