Auto Supremo AS/0022/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0022/2019

Fecha: 29-Ene-2019

“En el primer de caso, se comprende que las causales deben estar debidamente fundamentadas y

“En el primer de caso, se comprende que las causales deben estar debidamente fundamentadas y comprobadas; es decir, los hechos por los cuales se va a dar por terminado el contrato, deben ser conocidos por el trabajador de manera expresa, ello claro, en el entendido de que los mismos hayan sido probados, con el fin de garantizar al trabajador la oportunidad de asumir defensa de los hechos que se le atribuyen, y por otro lado impedir que el empleador invoque otros hechos posteriormente con el fin de justificar el despido”