El contexto normativo señalado muestra que el presupuesto legal que prevé la norma, para la
El contexto normativo señalado muestra que el presupuesto legal que prevé la norma, para la apertura de la competencia de la jurisdicción coactiva fiscal, es la contención emergente de los actos de los servidores públicos, o de las personas naturales o jurídicas privadas que hayan suscrito contratos administrativos con el Estado, por los cuales emerjan responsabilidades civiles valuadas en dinero, definidas en el artículo 31 de la señalada ley N° 1178, asimismo es la propia norma que excluye las cuestiones de índole civil, penal, comercial o tributario atribuidas a la jurisdicción ordinaria y tributaria y aquellos otras actos de la administración pública atribuidas por ley a otras jurisdicciones, acreditándose de una revisión minuciosa de los antecedentes del proceso, que el caso traído en casación versa sobre el reclamo del demandante para el pago de subsidio de frontera, como un derecho adquirido del funcionario o trabajador, no evidenciándose consecuentemente la posibilidad que el presente proceso demandado por derechos laborales adquiridos sea tramitado en la jurisdicción coactiva, como erradamente lo señala la entidad recurrente
- VISTOS: El recurso de casación en la forma y el fondo de fs
- Interpuesto el recurso de apelación por el INE, representado por su Director General Ejecutivo
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación en la forma y el fondo de fs
- Alega que, se tiene ampliamente reconocido por la propia Sentencia que se apeló, que la
- Acusa la infracción por violación del art
- Argumenta que toda contratación de personal eventual bajo la partida presupuestaria 12100, es financiada directamente
- Así formulado el recurso de casación en la forma y el fondo, del análisis y
- Por otra parte, la misma ley a través de su art
- El contexto normativo señalado muestra que el presupuesto legal que prevé la norma, para la
- Por otra parte, en razón de la materia, en cumplimiento del artículo 73
- cuyo pago no corresponde en el caso de autos, por tratarse de un funcionario público
- El Supremo Tribunal al resolver casos similares, ha establecido de manera uniforme que no corresponde
- En tal consideración, la supuesta infracción de incompetencia del Juez A quo como del Tribunal
- protección de nuestra Ley Fundamental, al constituir el trabajo la base del orden social y
- El recurso se concentra respecto al pago del subsidio de frontera, que según la entidad
- recurrente, mas al contrario confirma esta relación
- En ese contexto, la regulación prevista por el el art
- Bajo esos razonamientos, este Tribunal concluye que el Auto de Vista impugnado, se ajusta a
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Sin costas, en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
