VISTOS: El recurso de casación en la forma y el fondo de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA SOCIAL, ADMINISTRATIVA, CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA PRIMERA
Auto Supremo Nº 51
Sucre, 30 de enero de 2019
Expediente: 524/2017
Demandante: Joselly Michell Reyes Vaca
Demandado: Instituto Nacional de Estadística “INE”
Materia: Pago subsidio de frontera y otros derechos laborales
Distrito: Pando
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación en la forma y el fondo de fs. 118 a 121, interpuesto por el Instituto Nacional de Estadística (INE), a través de su Director General Ejecutivo Luis Fernando Pereira Stambuk, contra el Auto de Vista N° 362/2017 de 9 de agosto de 2017, pronunciado por la Sala Civil de Familia de la Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, cursante de fs. 115-115 vta., dentro del proceso laboral de pago de subsidio de frontera y otros derechos laborales, seguido por Joselly Michell Reyes Vaca, contra la entidad recurrente; el Auto N° 314/2017 de 28 de septiembre de 2017 de fs. 123 vta., que concede el recurso; los antecedentes del proceso; y:
I ANTECEDNTES DEL PROCESO
Sentencia
Tramitado el proceso laboral de pago de subsidio de frontera y otros derechos laborales, el Juez de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cobija, emitió la Sentencia N° 252/2017 de 2 de junio de 2017, cursante de fs. 95 a 97, declarando probada en parte la demanda, de fs. 9, sin costas, estableciendo el pago de subsidio de frontera, en un total de Bs.- 5.766,00 (Cinco mil setecientos sesenta y seis 00/100 Bolivianos)
SALA SOCIAL, ADMINISTRATIVA, CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA PRIMERA
Auto Supremo Nº 51
Sucre, 30 de enero de 2019
Expediente: 524/2017
Demandante: Joselly Michell Reyes Vaca
Demandado: Instituto Nacional de Estadística “INE”
Materia: Pago subsidio de frontera y otros derechos laborales
Distrito: Pando
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación en la forma y el fondo de fs. 118 a 121, interpuesto por el Instituto Nacional de Estadística (INE), a través de su Director General Ejecutivo Luis Fernando Pereira Stambuk, contra el Auto de Vista N° 362/2017 de 9 de agosto de 2017, pronunciado por la Sala Civil de Familia de la Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, cursante de fs. 115-115 vta., dentro del proceso laboral de pago de subsidio de frontera y otros derechos laborales, seguido por Joselly Michell Reyes Vaca, contra la entidad recurrente; el Auto N° 314/2017 de 28 de septiembre de 2017 de fs. 123 vta., que concede el recurso; los antecedentes del proceso; y:
I ANTECEDNTES DEL PROCESO
Sentencia
Tramitado el proceso laboral de pago de subsidio de frontera y otros derechos laborales, el Juez de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cobija, emitió la Sentencia N° 252/2017 de 2 de junio de 2017, cursante de fs. 95 a 97, declarando probada en parte la demanda, de fs. 9, sin costas, estableciendo el pago de subsidio de frontera, en un total de Bs.- 5.766,00 (Cinco mil setecientos sesenta y seis 00/100 Bolivianos)
- VISTOS: El recurso de casación en la forma y el fondo de fs
- Interpuesto el recurso de apelación por el INE, representado por su Director General Ejecutivo
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación en la forma y el fondo de fs
- Alega que, se tiene ampliamente reconocido por la propia Sentencia que se apeló, que la
- Acusa la infracción por violación del art
- Argumenta que toda contratación de personal eventual bajo la partida presupuestaria 12100, es financiada directamente
- Así formulado el recurso de casación en la forma y el fondo, del análisis y
- Por otra parte, la misma ley a través de su art
- El contexto normativo señalado muestra que el presupuesto legal que prevé la norma, para la
- Por otra parte, en razón de la materia, en cumplimiento del artículo 73
- cuyo pago no corresponde en el caso de autos, por tratarse de un funcionario público
- El Supremo Tribunal al resolver casos similares, ha establecido de manera uniforme que no corresponde
- En tal consideración, la supuesta infracción de incompetencia del Juez A quo como del Tribunal
- protección de nuestra Ley Fundamental, al constituir el trabajo la base del orden social y
- El recurso se concentra respecto al pago del subsidio de frontera, que según la entidad
- recurrente, mas al contrario confirma esta relación
- En ese contexto, la regulación prevista por el el art
- Bajo esos razonamientos, este Tribunal concluye que el Auto de Vista impugnado, se ajusta a
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Sin costas, en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
