Auto Supremo AS/0871/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0871/2019-RRC

Fecha: 01-Oct-2019

La recurrente señala que la exigencia del art


La recurrente señala que la exigencia del art. 173 del CPP es taxativa al establecer que la valoración resulta un todo armónico; motivo que hubiera reclamado en su apelación expresando que la Sentencia hubiera incurrido en defectuosa valoración de la prueba testifical de cargo lo que provocó que llegaran a conclusiones o inferencias equivocadas como sustento de la Sentencia, haciendo principal énfasis en las testificales de Bacilio Quena Flores, Guillermina Gabi Quena Quena, David Auccaise Adrián, Celina Quena Quena, Grover Milton Aguayo Villca, Gustavo Quena Quena y Adrián Molina Gutiérrez, de las cuales menciona que la Sentencia incurriría en erróneas conclusiones que emergieron de una defectuosa valoración de la prueba porque lo que se debe considerar que se valoró fuera de las reglas de la sana citica y la lógica, que a la postre significaron para su condena; sin embargo, señala que pese a que reclamó estos aspectos en su recurso de apelación restringida el Auto de Vista con el afán de convalidar esa decisión final afirmó que no se demostraron las vulneraciones a la sana crítica, cuando de lo denunciado se acreditaba plenamente que la prueba testifical y documental aportada al juicio oral no tenía la uniformidad en la prueba de cargo como erróneamente se afirmó en la Sentencia en el fundamento de su condena; en estas circunstancias, la respuesta del Auto de Vista sobre dicho agravio no tiene fundamento