Auto Supremo AS/0904/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0904/2019-RRC

Fecha: 07-Oct-2019

Sobre la problemática planteada el Auto de Vista impugnado abrió su competencia y previa explicación

Sobre la problemática planteada el Auto de Vista impugnado abrió su competencia y previa explicación doctrinaria respecto a la determinación de la pena señaló, que el Tribunal de mérito al condenar al imputado por la comisión del delito de Estafa no realizó correctamente la individualización judicial de la pena que es el acto jurisdiccional por medio del cual el Juez o Tribunal determina las consecuencias jurídicas del delito acusado y juzgado según la clase, gravedad, y forma de su ejecución atendiendo al tipo del ilícito como al tipo de la culpabilidad ya que el ilícito culpable es la base de la determinación de la pena que debe ser proporcional al ilícito cometido, graduando fundamentalmente la medida de la pena de acuerdo a la gravedad de la culpabilidad, siendo los factores generales e individuales decisivos en la determinación del grado de culpabilidad y la gravedad de la pena a imponerse. Mencionando los arts. 37, 38 y 40 del CP, refiere que el Tribunal de sentencia no hizo una amplia fundamentación ni evaluación sobre la personalidad del imputado a tiempo de imponer la pena, limitándose a decir que no tiene antecedentes en Bolivia, que sería una persona astuta, extrovertida, inteligente y calculador, pero en el fondo no existe una fundamentación lógica y objetiva a tiempo de imponer la pena, no teniendo en cuenta que aparte de éste proceso penal el imputado no tiene otros antecedentes policiales ni judiciales a tiempo de establecer el quantum de la pena a imponer, de lo que concluye que no es necesario la realización de un nuevo juicio, correspondiéndole modificar la Sentencia conforme a lo previsto por el art. 413 in fine del CPP, en relación a lo previsto por los arts. 37, 38 y 40 del CPP