Auto Supremo AS/1087/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1087/2019

Fecha: 22-Oct-2019

Consiguientemente, como en el caso de autos si bien existe documentación, que demuestra que el

Consiguientemente, como en el caso de autos si bien existe documentación, que demuestra que el demandado Antonio Díaz Fernández en virtud al contrato de comodato que suscribió con la H. Alcaldía Municipal inmersa en la Escritura Judicial de 13 de abril de 1983, simplemente tendría derecho de uso sobre el bien inmueble objeto de litis, mas no así derecho propietario registrado como tal que permitan producir el efecto extintivo de la prescripción adquisitiva; sin embargo, como la entidad municipal a través de las certificaciones e informes cursantes de fs. 13 a 15 simplemente se limitaron a señalar que el bien inmueble cursa con código catastral a nombre de Antonio Díaz Fernández, que no cuenta con registro Tributario y que tiene un uso de suelo destinado a vivienda producto de una reestructuración urbana del sector con una superficie útil de 153,49 m2.; resulta trascendental que el Tribunal de alzada, previamente a emitir resolución, solicite la producción de toda la prueba documental pertinente, como la citada escritura judicial e informes a la entidad municipal que permitan dilucidar si el bien inmueble aun es de dominio público o si este fue desafectado, esto con la finalidad de determinar si el bien inmueble es o no susceptible de usucapión