Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/1087/2019
Fecha: 22-Oct-2019
Distrito: Santa Cruz
Distrito: Santa Cruz
-
Partes: Gil Antonio Peredo Díaz. c/ Herederos de Antonio Díaz Fernández
-
Proceso: Usucapión decenal o extraordinaria
-
Distrito: Santa Cruz
-
VISTOS: El recurso de casación de fs
-
Bajo esos antecedentes y tramitada la causa el Juez Público Civil y Comercial Noveno de
-
2
-
3
-
En razón a dichos fundamentos el citado Tribunal de Apelación CONFIRMÓ la sentencia apelada
-
Del análisis de los fundamentos inmersos en el recurso de casación interpuesto por el codemandado,
-
En este mismo punto señala que las citaciones por edicto de prensa fueron realizadas a
-
5
-
6
-
Por los fundamentos expuestos solicita se anule el Auto de Vista recurrido y en consecuencia
-
De la respuesta al recurso de casación
-
De la revisión de obrados se advierte que, pese a que el demandante Gil Antonio
-
En razón a dichos antecedentes diremos que
-
III.1. De la nulidad de oficio
-
III.2. De la facultad de producir prueba de oficio
-
Sobre este tema, la Sentencia Constitucional N° 0713/2010-R de 26 de julio, estableció lo siguiente:
-
III.4. Sobre la imposibilidad de adquirir por usucapión bienes de dominio público
-
En ese entendimiento también se encuentra plasmado en el art
-
En cumplimiento a lo estipulado en el art
-
Asimismo, el demandante adjuntó un informe de Derechos Reales que señala que el señor “Manuel
-
En virtud a estas precisiones debemos tener presente, como ya se orientó en varios Autos
-
Sin embargo, en el caso de autos, llama la atención que la presente demanda haya
-
-No obstante, y pese a que el proceso de usucapión siguió su curso normal contra
-
-Ante la concurrencia de estos nuevos elementos, el juez de la causa en la audiencia
-
-Es así que por memorial de fs
-
En ese sentido resulta pertinente señalar que conforme establece nuestro ordenamiento Sustantivo Civil en su
-
Consiguientemente, como en el caso de autos si bien existe documentación, que demuestra que el
-
Regístrese, comuníquese y devuélvase
-
Relator: Mgdo. Juan Carlos Berríos Albizu
Otros enlaces de interés: