Auto Supremo AS/1140/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1140/2019

Fecha: 22-Oct-2019

CONSIDERANDO III

DE LA RESPUESTA AL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión de obrados se establece que corrido en traslado el recurso de casación, fue respondido por Rosendo Paco Calamani por memorial a fs. 489 y vta., señalando su persona como propietario ha transferido el inmueble a Ercilia Herrera Guerra quien lo registro en Derechos Reales sin observación alguna. Que su tradición llega hasta el año 1936, que ambos han intervenido en el proceso de mejor derecho propietario para hacer valer sus derechos, habiendo demostrado la tradición de los demandantes no es más antigua que la suya constituyendo la verdad de los hechos que no puede ser cambiada por ningún recurso y las violaciones que acusan los actores no son causales para ser consideradas por este tribunal, al no contener fundamentación de su transgresión y que la única fundamentación que se pretende sobre el art. 1545 del código civil, es que no sea de aplicación en su interpretación extensiva sino la restringida para su propio beneficio quebrantando el principio de verdad material y eficacia de las resoluciones, que fueron observados por la sentencia y el Auto de Vista al haber dado cumplimiento a los principios de eficacia, eficiencia y verdad material, por lo que pide se declare la improcedencia del recurso planteado, con costos y costas.

CONSIDERANDO III:
DOCTRINA APLICABLE AL CASO
III.1.- El mejor derecho propietario