Auto Supremo AS/1140/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1140/2019

Fecha: 22-Oct-2019

En cuanto a las acciones de mejor derecho y acción negatoria, señalan que fueron propuestas


Manifiestan que la acción de mejor derecho de propiedad ha sido demostrada, toda vez que la demandada no inscribió oportunamente en Derechos Reales la supuesta compra venta que efectuó, de acuerdo al art. 1542 num. 3) del código civil, además de no haber pagado cuotas mensuales e hizo que se de aplicación a la cláusula resolutoria del documento de conformidad con el art. 569 del mismo cuerpo legal, asimismo señalan que de su parte demostraron ser legítimos propietarios del lote de terreno, al haber adquirido mediante compra del mismo vendedor y habiendo procedido a la inscripción en Derechos Reales bajo la matricula N° 7.01.2.01.0033909 el 2 de julio de 2011, en consecuencia la propiedad del lote les pertenece, al haber dado aplicación al art. 1545 del código sustantivo civil.

9) Violación al art. 1455 del código civil

En cuanto a las acciones de mejor derecho y acción negatoria, señalan que fueron propuestas alternativamente en virtud del art. 114 num. 2) del código procesal civil, por lo que no existirá pretensión múltiple habiendo quedado demostrado en el proceso que la demandada que afirmaba tener derecho sobre su lote de terreno no lo tiene en consecuencia procede también la acción negatoria prevista por el art. 1455 del código civil. Por lo que piden se case el Auto de Vista recurrido