Auto Supremo AS/0623/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0623/2019

Fecha: 14-Nov-2019

El recurrente reclama que de las gestiones 2007 al 2014 solo existe 7 gestiones para

El recurrente reclama que de las gestiones 2007 al 2014 solo existe 7 gestiones para el cobro de la prima; sin embargo, se constata que este extremo no es correcto conforme al cuadro siguiente:


Gestión
fechas
1
2007
01 de abril de 2007 al 31 de marzo de 2008
2
2008
01 de abril de 2008 al 31 de marzo de 2009
3
2009
01 de abril de 2009 al 31 de marzo de 2010
4
2010
01 de abril de 2010 al 31 de marzo de 2011
5
2011
01 de abril de 2011 al 31 de marzo de 2012
6
2012
01 de abril de 2012 al 31 de marzo de 2013
7
2013
01 de abril de 2013 al 31 de marzo de 2014
8
2014
01 de abril de 2014 al 31 de marzo de 2015
El análisis del cuadro precedente no es desconocido por el recurrente, quien realiza un análisis similar a fs. 932 (recurso de casación), pudiendo establecerse que en las gestiones 2007 al 2014 y en aplicación de los arts. 48 y 49 del DS Nº 223, existen 8 gestiones susceptibles a pago de prima anual, lo que también ha sido reconocido por el demandado en el memorial de apelación de fs. 907 a 912, donde efectúa un desglose del pago de las primas por gestiones de la 2007 al 2014, estableciendo 8 gestiones