Auto Supremo AS/0639/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0639/2019

Fecha: 14-Nov-2019

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2. Vulneración al Principio de Legalidad establecido en el art. 8.I. de la Ley N° 2492 CTB, ya que se considera todos los cargos contrarios a derecho al amparo del art. 13 de la Ley N° 843 que establece que el reglamento dispondrá las normas para la emisión de facturas y otros, así como los registros que deberán llevar los responsables, aspecto que la AT no habría cumplido; resaltando que los reparos contra el contribuyente se obtuvieron sobre base cierta observándose la contravención de los artículos 19, 30 y 31 de la Ley N° 843, art. 78.I. de la Ley N° 2492 CTB, art. 8 de DS N° 21531 y el art. 41 de la RND N° 10-0016-07, no correspondiendo el registro ni apropiación como pago a cuenta del RC IVA por el dependiente.
3. Incumplimiento del art. 70.5. de la Ley N° 2492 CTB, ya que el contribuyente no presentó documentación suficiente para demostrar la validez de sus facturas para compensar el Impuesto al Valor Agregado (IVA), ni cuenta con medios probatorios suficientes que sustenten las transacciones con sus proveedores, recayendo la carga de la prueba en el contribuyente de conformidad con el art. 76 de la Ley N° 2492 CTB, quien no ha desvirtuado los reparos de la AT dentro del plazo otorgado por ley en uso de su derecho a la defensa y al debido proceso, encontrándose reconocidos los requisitos para la apropiación del crédito fiscal en el Auto Supremo N° 477 de 22 de noviembre de 2012, evidenciándose de antecedentes que las actividades del contribuyente no están respaldadas con medios probatorios de pago