Auto Supremo AS/0673/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0673/2019

Fecha: 14-Nov-2019

En este orden de ideas, los derechos sociales nacidos antes del 7 de febrero de

En este orden de ideas, los derechos sociales nacidos antes del 7 de febrero de 2007 (dos años antes de la vigencia de la actual Constitución, que data del 9 de febrero de 2009), se extinguen conforme a lo establecido en el art. 120 de LGT, en razón a que el cómputo de los dos años establecido para la prescripción, no llegan interrumpirse con la promulgación de la nueva ley fundamental; por lo que, en relación al bono de antigüedad, debe tenerse en cuenta, que este derecho social, es exigible por parte del trabajador al momento de percibir su salario, sin la inclusión de este concepto, que considera le corresponde por derecho; al estar el bono de antigüedad incluido al sueldo; entonces es ahí donde comienza el cómputo del plazo previsto por el art. 120 del sustantivo laboral, al momento en que es exigible