Auto Supremo AS/0673/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0673/2019

Fecha: 14-Nov-2019

Entendido esto, se pasa a considerar los reclamos efectuados en el recurso; el argumento de

Entendido esto, se pasa a considerar los reclamos efectuados en el recurso; el argumento de la primera infracción acusada, está dirigida a impugnar la forma, al cuestionar vulneración al debido proceso, el derecho a la defensa, y errores procesales en la declaratoria de rebeldía; y los otros agravios, dos y tres, están relacionados al fondo; pasando a resolver los reclamos, conforme corresponde analizado los errores acusados in procedendo e in judicando, se tiene:
1.- El recurso de casación es considerado como un medio impugnatorio vertical y extraordinario, procedente en supuestos estrictamente determinados por ley, y dirigido a lograr que el máximo Tribunal ordinario, revise, reforme o anule las resoluciones expedidas en apelación, que infringen las normas de derecho material, las normas que garantizan el derecho a un debido proceso, o las formas esenciales para la eficacia y validez de los actos procesales; la legislación prevé en el art. 270-I del Código Procesal Civil (CPC-2013), que: “El recurso de casación procede para impugnar autos de vista dictados en procesos ordinarios y en los casos expresamente señalados por Ley”, así también, el Código de Procedimiento Civil (CPC-1975) en su art. 255, disponía contra que resoluciones procedía el recurso de casación, refiriéndose en sus numerales a autos de vista, norma procesal, aplicable en material laboral de conformidad al art. 252 del CPT