Conforme la normativa legal precitada, este Tribunal de Justicia, en la amplia doctrina legal emanada
Conforme la normativa legal precitada, este Tribunal de Justicia, en la amplia doctrina legal emanada (Autos Supremos 342 de 28 de agosto de 2006, 207 de 28 de marzo de 2007, 319 de 4 de diciembre de 2012 y 149 de 29 de mayo de 2013), concordante con la jurisprudencia constitucional, estableció que la fundamentación de las resoluciones judiciales, constituye uno de los elementos esenciales del debido proceso; toda vez, que brinda seguridad jurídica a las partes en conflicto, respecto a que sus pretensiones fueron escuchadas y merecieron el debido análisis de fondo, emergiendo de él una Resolución, no sólo con base y sometimiento en la Ley, sino con explicación clara y precisa de las circunstancias y razones por las cuales las denuncias fueron acogidas de forma positiva o negativa, asegurando con ello, que el fruto de la Resolución, no es el resultado del capricho de los juzgadores; sino, de un estudio analítico y jurídico en procura de otorgar justicia
- Por memorial presentado el 17 de abril de 2018, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 51/2017 de 27 de noviembre (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación interpuesto por Eduardo Encinas Rocha y del Auto Supremo
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita que se anule lo obrado hasta el vicio procesal más antiguo o
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de
- II.2. De la apelación restringida
- Contra dicha Sentencia Eduardo Encinas Rocha interpuso apelación restringida bajo los siguientes argumentos
- Con relación al defecto de la Sentencia, previsto en el art
- En el recurso de casación plateado se denunció que el Auto de Vista en sus
- III.1.Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
- El Código de Procedimiento Penal, en el art
- La fundamentación no podrá ser reemplazada por la simple relación de los documentos o la
- Conforme la normativa legal precitada, este Tribunal de Justicia, en la amplia doctrina legal emanada
- Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
- III.2. Análisis del caso concreto
- Con relación a que el Auto de Vista no hubiera realizo una fundamentación expresa, clara,
- Por lo cual donde está el hecho probado, cuando no se realizó todas las investigaciones
- Respecto del segundo hecho probado refiere: “…Tanto la psicóloga Sonia Arratia Sánchez, quien le tomo
- En canto a la trabajadora social Silvana Meschwitz López, la cual no realizó ninguna visita
- Asimismo, haciendo referencia al tercer hecho probado señala que “…este hecho no tiene fe probatoria
- Violando de esta forma el principio de verdad material, la cual está consagrada en el
- Por lo analizado, de la apelación restringida interpuesta por el ahora recurrente se tiene que,
- Por lo que, observando los argumentos expuestos en el Auto de Vista; a los fines
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
