Auto Supremo AS/0028/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0028/2019-RA

Fecha: 01-Feb-2019

Señalan que, en el Considerando IV, párrafo séptimo del Auto de alzada, el Tribunal de


Señalan que, en el Considerando IV, párrafo séptimo del Auto de alzada, el Tribunal de apelación consideró que las apelantes no fundamentaron los errores in procedendo e in judicando y por el contrario argumentaron cuestiones de hecho como la valoración de la prueba, sobre los que no se podían pronunciar; sin embargo, en el punto 2.6, pág. 15 de la apelación restringida, afirman que denunciaron la valoración defectuosa de la prueba, así como los hechos no acreditados en que se habría basado la Sentencia, cuestionando la falta de aplicación de un razonamiento lógico y la sana crítica al emitir una condena, cuando no existirían elementos para establecer su responsabilidad, incurriéndose así en error in procedendo e in judicando –fundamentados en los puntos 2.1 y 2.2-, por errónea aplicación de la ley sustantiva, así como su inobservancia en el primer caso, y solo errónea aplicación de la ley sustantiva en el segundo, contradiciendo de esta forma el Auto Supremo 246 de 7 de marzo de 2007, en cuanto a la falta de aplicación adecuada de la sana crítica