Auto Supremo AS/0029/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0029/2019-RA

Fecha: 01-Feb-2019

La parte recurrente haciendo referencia a los agravios sufridos por el Auto de Vista impugnado,


La parte recurrente haciendo referencia a los agravios sufridos por el Auto de Vista impugnado, ampara su recurso de casación, en los siguientes aspectos: i) Alega la violación del art. 45 del Código Penal referente al concurso real de delitos, en sentido que el Tribunal de apelación tenía la obligación de aplicar dicho articulado incrementando la pena en una mitad, sin embargo se le sentenció al imputado a tan solo ocho años, sin explicar cuál es la razón y argumento para no aumentar la pena máxima más una mitad, persistiendo la violación del art. 370 inc. 1) del CPP, vinculado a una errónea aplicación del art. 45 del CP; asimismo, indica que el Tribunal de alzada, debió reparar directamente el error contenido en la Sentencia inicial y en aplicación del art. 413 del CPP, modificar la pena impuesta incrementando a doce años. ii) Hace referencia al art. 38 núm. 2 del Código Penal, citando como otro defecto del Auto de Vista impugnado, que al no haber incrementado la pena impuesta, importaría una atenuante a favor del sentenciado conforme el art. 38 núm. 2 del CP, sin considerar contrariamente que el imputado no demostró arrepentimiento, como tampoco exhibió una personalidad excusada al tener educación universitaria. A tal efecto invoca como precedente el Auto Supremo 046/2012 RRC de 23 de marzo, referente a los parámetros de la consideración del concurso real