Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público interpuso apelación restringida, así como la parte civil
Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público interpuso apelación restringida, así como la parte civil se adhirió a dicho recurso, que fue resuelto por Auto de Vista 130/2018 de 22 de mayo, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, que declaró improcedente el recurso planteado por el Ministerio Público y rechazó la adhesión declarándola inadmisible, confirmando la Sentencia apelada. Apelación restringida que se presentó bajo los siguientes argumentos:
Acusó defectuosa valoración probatoria, expresando en el punto: 1) Que, los acusados vendieron una vagoneta remarcada a la víctima con pleno conocimiento conforme el documento de transferencia, que no fue inserto el número de motor o chasis, sin embargo para el Tribunal a quo no se acreditó la comisión del hecho ni la participación de los acusados; y, 2) Indica que el Tribunal de juicio concluyó que los acusados no cometieron los delitos de Estafa y Estelionato, por lo que alegó que se habría aplicado erróneamente las reglas de la sana crítica al no haber realizado una valoración integral conjunta, pues se evidenciaría que los acusados al colocar en la transferencia que solo responderían al saneamiento del 50 % ya sabrían que la vagoneta estaba remarcada, vulnerándose en consecuencia los principios de identidad, contradicción, tercero excluido, razón suficiente y el método lógico, invocando los Autos Supremos 91/2006 de 28 de marzo y 214/2007 de 28 de marzo, referentes a la adecuada valoración probatoria.
II.3.- De la adhesión formulada por la parte civil
- Por memorial presentado el 7 de junio de 2018, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Denuncia defecto absoluto inconvalidable por restricción al derecho de acceso a la justicia, a la
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita se declare fundado el motivo reclamado y se deje sin efecto el
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 669/2018-RA de 14 de agosto, este Tribunal admitió el recurso de casación
- II.1. De la Sentencia
- Por Sentencia 59/2016 (registro interno), de 14 de marzo el Tribunal Tercero de Sentencia en
- II.2. Del recurso de apelación restringida
- Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público interpuso apelación restringida, así como la parte civil
- Conforme se evidencia a fs
- La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta por el Auto de Vista impugnado, emitido por
- La entidad apelante alegó la errónea valoración probatoria de la Sentencia, en sentido de no
- b) En cuanto, al plazo de adhesión lo realizó en término hábil conforme el
- El presente caso el imputado Hussein Janssen Esero, denuncia defecto absoluto por restricción al derecho
- Uno de los elementos constitutivos del debido proceso es el derecho a recurrir de los
- Esta Sala penal, en torno a la norma constitucional contenida en el art
- Que, previa a la vigencia del actual Código de Procedimiento Penal, surgió la necesidad de
- Es así, que se concibió la necesidad de incorporar determinados institutos procesales, regulándose en consecuencia
- En cuanto a los fundamentos de la adhesión, la misma se encuentra sustentada cuando se
- III
- Ahora bien, en ese sentido referente a la obligatoriedad de fundamentar la adhesión al recurso
- Asimismo, el Auto Supremo 534/2006 de 17 de noviembre establece “DOCTRINA LEGAL APLICABLE: “Interpuesto un
- III.4.Análisis del caso concreto
- En cuanto a la primera parte del único motivo que se admitió a través del
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque
