Es así, que se concibió la necesidad de incorporar determinados institutos procesales, regulándose en consecuencia
Es así, que se concibió la necesidad de incorporar determinados institutos procesales, regulándose en consecuencia en el Código de Procedimiento Penal, el instituto de la adhesión previsto por el art. 395 de la citada norma, como mecanismo recursivo de simplificación procesal, en el entendido de que su objetivo es dar la posibilidad u oportunidad de impugnar una determinada resolución judicial a quien no pudo realizarla dentro del término oportuno, situación que se lo deberá efectuar dentro del periodo de emplazamiento conforme al art. 409 del CPP; es decir, que el legislador otorga la facultad de invocar agravios a quien no lo hizo oportunamente, con la condicionante de que se adhiera total o parcialmente a los fundamentos del recurrente principal, teniendo la obligatoriedad de que se lo realice en forma fundamentada, permitiendo a su vez el descongestionamiento y la oxigenación del sistema penal, pues se resolvería en una misma resolución los aspectos impugnados del recurso principal y del adherente, en forma más rápida y eficiente
- Por memorial presentado el 7 de junio de 2018, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Denuncia defecto absoluto inconvalidable por restricción al derecho de acceso a la justicia, a la
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita se declare fundado el motivo reclamado y se deje sin efecto el
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 669/2018-RA de 14 de agosto, este Tribunal admitió el recurso de casación
- II.1. De la Sentencia
- Por Sentencia 59/2016 (registro interno), de 14 de marzo el Tribunal Tercero de Sentencia en
- II.2. Del recurso de apelación restringida
- Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público interpuso apelación restringida, así como la parte civil
- Conforme se evidencia a fs
- La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta por el Auto de Vista impugnado, emitido por
- La entidad apelante alegó la errónea valoración probatoria de la Sentencia, en sentido de no
- b) En cuanto, al plazo de adhesión lo realizó en término hábil conforme el
- El presente caso el imputado Hussein Janssen Esero, denuncia defecto absoluto por restricción al derecho
- Uno de los elementos constitutivos del debido proceso es el derecho a recurrir de los
- Esta Sala penal, en torno a la norma constitucional contenida en el art
- Que, previa a la vigencia del actual Código de Procedimiento Penal, surgió la necesidad de
- Es así, que se concibió la necesidad de incorporar determinados institutos procesales, regulándose en consecuencia
- En cuanto a los fundamentos de la adhesión, la misma se encuentra sustentada cuando se
- III
- Ahora bien, en ese sentido referente a la obligatoriedad de fundamentar la adhesión al recurso
- Asimismo, el Auto Supremo 534/2006 de 17 de noviembre establece “DOCTRINA LEGAL APLICABLE: “Interpuesto un
- III.4.Análisis del caso concreto
- En cuanto a la primera parte del único motivo que se admitió a través del
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque
