Auto Supremo AS/0055/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0055/2019

Fecha: 04-Feb-2019

- Alegó que el Auto de Vista carece de motivación jurídica porque cita de manera

- Refirió también, que no se cuestionó la emisión de los cheques, tampoco el cobro de los mismos, tampoco se fundó la demanda en la falta de intervención de otro apoderado, sino sobre cuál fue el destino de los dineros cobrados por el demandado, objeto del proceso que no fue resuelto por el Auto de Vista, más al contrario evadió su pronunciamiento cambiando los hechos que fundan la pretensión, lesionando el debido proceso, en su elemento motivación y congruencia consagrada en el art. 115.II de la CPE.
- Alegó que el Auto de Vista carece de motivación jurídica porque cita de manera genérica los arts. 804 y 814 al 820 del Código Civil, empero, no expone las razones o fundamentos, pretendiendo justificar la inexistencia de la obligación de rendir cuentas, tampoco existió pronunciamiento alguno sobre la prueba ofrecida y producida en el proceso consistente en fotocopias legalizadas de los cheques que cursa a fs. 47 a 77, que acreditan que el demandado cobró diversas sumas de dinero cuya rendición se demanda