Auto Supremo AS/0055/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0055/2019

Fecha: 04-Feb-2019

De la cita glosada se concluye, que mediante el mandato el mandante encarga al mandatario

En ese acápite se citará el aporte doctrinario de Gonzalo Castellanos Trigo que indica: “El mandato, es un contrato sinalagmático imperfecto por el cual el mandante encarga al mandatario la realización de uno o más actos jurídicos; para tal efecto, debe existir una ordenanza de una persona sobre otra en forma escrita u oral para que tenga plena validez. Esta representación es conocida en la doctrina como representación legal por efectos del contrato mandato” (Contrato de Donación, Obra, Mandato y Fianza, 2013, pág. 120).
De la cita glosada se concluye, que mediante el mandato el mandante encarga al mandatario la realización de uno o más actos jurídicos, que son perfeccionados con la aceptación expresa o actividad que despliega el mandatario cuyos actos obligan, en cualquier caso, al mandante como si éste los habría realizado; queda el mandatario, sin embargo obligado a rendir cuenta del ejercicio del mandato recibido, ya que el mandatario no puede ejecutar actos más allá de lo encargado por el mandante