Auto Supremo AS/0120/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0120/2019

Fecha: 19-Mar-2019

Este reclamo resulta evidente, toda vez que en la liquidación realizada en sentencia, se dispone

Este reclamo resulta evidente, toda vez que en la liquidación realizada en sentencia, se dispone la nivelación al salario mínimo nacional por un monto de Bs9.282.-, correspondiente a 8 meses y 12 días, es así que de una simple operación aritmética, si tomamos como parámetro el salario mínimo nacional establecido para esa gestión de Bs1.805 y que la actora percibía un salario de Bs700.-, existe un diferencia de Bs1.105.-, que debe ser nivelada, y si multiplicamos esa cantidad por los 8 meses y 12 días de duración de la relación laboral, tenemos un total de Bs9.282.-, que debería ser reintegrada a la actora, conforme dispone la sentencia; y con lo cual concluimos que la nivelación se realizó por los 8 meses y 12 días, situación que resulta ser un exceso en el cálculo realizado por la juez de primera instancia, ya que también se ordenó el pago por sueldo devengado, por 1 mes y 12 días, ello significa que la nivelación solo debe hacerse en relación a los 7 meses, descontando 1 mes y 12 días que ordena que se cancele como sueldo devengado con la nivelación al salario mínimo nacional