Auto Supremo AS/0126/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0126/2019-RA

Fecha: 12-Mar-2019

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

Por Sentencia 9/2010 de 26 de abril (fs. 388 a 395), el Tribunal de Sentencia Tercero de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declaró a Verónica Virginia Catacora Quispe, autora de la comisión de los delitos de Uso de Instrumento Falsificado y Estelionato, previstos y sancionados por los arts. 203 y 337 del CP, imponiendo la pena de 4 años de reclusión, más el pago de quinientos días multa a razón de Bs. 1 por día, más costas a calificarse en ejecución de Sentencia; asimismo, la absolvió de la comisión de los delitos de Falsedad Material y Falsedad Ideológica, tipificados por los arts. 198 y 199 del CP. En cuanto, a los imputados Ciriaco Martínez Alegre y Esperanza Catacora de Martínez los declaró autores del delito de Estelionato en grado de Complicidad, previsto por el art. 337 en relación al art. 23 del CP, fijando una pena privativa de libertad de 3 años; no obstante, en aplicación del art. 366 del Código de Procedimiento Penal (CPP), les concedió la suspensión condicional de la pena