Auto Supremo AS/0126/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0126/2019-RA

Fecha: 12-Mar-2019

Por otra parte, se evidencia que tampoco concurren los presupuestos de flexibilización, que fueron establecidos


En cuanto al tercer motivo, la recurrente reclama que el Auto de Vista alegó que no tiene facultades para revalorizar la prueba, sin tener en cuenta que tiene facultades para apreciar el procedimiento de judicialización de la prueba, conforme los arts. 173, 370 y 407 del CPP, puesto que en su caso se judicializó de manera ilegal una prueba pericial sin cumplir los principios de inmediación, oralidad, contradicción e igualdad jurídica de las partes; a cuyo efecto, cita el Auto Supremo 25 de 3 de febrero de 2010, sin brindar una explicación precisa de contradicción en los términos exigidos por el segundo párrafo del art. 417 del CPP, incumpliendo la exigencia impuesta por la citada disposición procesal.

Por otra parte, se evidencia que tampoco concurren los presupuestos de flexibilización, que fueron establecidos por este Tribunal y explicados en el acápite anterior del presente Auto; toda vez, que la recurrente, no precisó qué derechos o garantías hubieren sido vulnerados con la emisión del Auto de Vista impugnado, tampoco detalló con precisión en qué consistiría la restricción o disminución y de qué derechos, menos explicó el resultado dañoso emergente del defecto, deviniendo en inadmisible el presente motivo