Auto Supremo AS/0135/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0135/2019

Fecha: 19-Mar-2019

En cuanto a los agravios de los numerales 2) y 3) del recurso, referidos a

En cuanto a los agravios de los numerales 2) y 3) del recurso, referidos a una supuesta incorrecta valoración de la prueba aportada y producida en el proceso; previamente cabe señalar que, de acuerdo al principio protector en materia laboral, cuya finalidad es la aplicación de la norma y/o situación más beneficiosa al trabajador, descrito ut supra, tienen su razón de ser en la desigualdad originaria entre las y los trabajadores para con el empleador, basada no simplemente en una distinta condición económica o distinta condición de recursos existente entre ambos, sino en la posición y rol que los primeros ocupan dentro del trato jurídico que los vincula, a saber, la relación de subordinación y dependencia. “La indicada desigualdad del trabajador” se corrige, por tanto, también mediante normas procesales, cuyo contenido expresa diferencias jurídicas que impiden o reducen la desigualdad material y que no pueden recibir una valoración negativa, en la medida en que la desigualdad procesal establecida aparezca razonablemente ligada a tal finalidad y sea proporcionada a la desigualdad material existente